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2. Evolución de la Gestión Ambiental en México

2.1 ETAPA INICIAL DE LA POLÍTICA AMBIENTAL HACIA LA INDUSTRIA

 

La primera fase de la política ambiental hacia la industria en México, como en casi todo el mundo, se orientó hacia las causas más aparentes de la contaminación industrial, tomándose acciones consideradas como de “emergencia”. Es así como a principios de los años setenta se empezaron a
tomar medidas para combatir la contaminación, pero dentro de un marco de sobreimensionamiento de los pasivos ambientales de la industria y buscando una solución inmediata a los problemas ambientales.

El marco regulatorio estaba centrado eminentemente en el uso de instrumentos normativos y de regulación directa que atendían los problemas de contaminación ocasionados por la industria a los distintos medios (agua, suelos y atmósfera), de forma separada entre sí. Consecuentemente, sin
ningún orden específico y atendiendo a situaciones casuísticas, se fueron desarrollando esquemas y mecanismos de regulación ambiental orientados a atender problemas particulares, como los siguientes:

• La regulación de descargas de aguas residuales con base en el tratamiento primario de los vertimientos de todas las industrias, • Las emisiones atmosféricas de la industria con base en el comando y control,
• Y el esquema para la emisión de sustancias tóxicas al medio ambiente, y otro esquema de atención enfocado a las actividades de alto riesgo.

Cada uno de estos esquemas de regulación fue avanzando de acuerdo a sus prioridades particulares, a la disponibilidad tecnológica y al costo individual asociado a las medidas, lo que ocasionó que los diferentes ejes de la regulación avanzaran de manera anárquica, aplicando soluciones tecnológicas comunes a cada grupo de empresas sin tomar en cuenta los efectos diferenciales de las emisiones de contaminantes sobre cada ecosistema en particular.

Debido a ello se generó una situación en la cual se fueron estableciendo, a través de Normas Técnicas Ecológicas y luego Normas Oficiales Mexicanas, límites máximos de emisión de contaminantes a cada medio (agua, suelos o aire) y proceso específico, a la vez que se fueron imponiendo restricciones a la operación de cada empresa en particular, atendiendo a la disponibilidad de tecnologías de control.

Uno de los principales problemas asociados a esta forma particular de abordar los problemas ambientales consiste en que se enfatiza la atención de los problemas aparentes y no sus causas reales. Al no atacarse las causas, sino los síntomas, por una parte se implantaron soluciones de control “al final del tubo” y por otra se hacía incurrir a la industria en costos cada vez mayores cuando intentaba involucrarse en la solución de algún problema ambiental, en lugar de potenciar la utilización de medidas con las que, tanto la sociedad, como la industria obtuvieran mayores beneficios.

Gradualmente se llegó a un punto en el cual insistir en las medidas correctivas de comando-control y en las soluciones al final del tubo, resultaba cada vez más costoso y a la vez menos efectivo, lo que empujó el desarrollo de nuevos enfoques en torno a la prevención de la contaminación
industrial.

 

 

2.2 EVOLUCIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL HACIA LA INDUSTRIAL

 

La política ambiental hacia la industria planteada por la Semarnap a través del Instituto Nacional de Ecología viene cambiando en forma significativa a partir de 1995, buscándose el desarrollo de nuevos instrumentos que orienten las decisiones de inversión de las empresas hacia medidas preventivas antes de medidas correctivas, que atiendan los efectos ambientales en forma diferenciada sobre cada ecosistema, y en esa medida atiendan el interés público sin lesionar innecesariamente intereses privados, muy en el espíritu de los planteamientos de la Cumbre de Río.

A diferencia del enfoque anterior, un enfoque de prevención de la contaminación y de atención a los efectos diferenciales sobre los ecosistemas, ataca de manera mucho más eficiente las causas de la contaminación y pasa forzosamente por una búsqueda que permite evitar la generación de contaminantes en sí y la transferencia de los mismos de un medio (sea agua, suelos o aire) a otro, a la vez que en muchas ocasiones lleva a soluciones tecnológicamente factibles que redundan en un beneficio social y en una mayor rentabilidad de las empresas.

El uso de instrumentos únicamente coercitivos está siendo replanteado y éstos se han venido complementando con otros instrumentos de gestión ambiental, haciéndose un uso creciente de instrumentos voluntarios, procurando el uso de instrumentos económicos, de información y una creciente participación social.

La modernización del esquema regulatorio descansa, por un lado, en la modernización del tipo y del enfoque de la normatividad ambiental y, por el otro, en un nuevo esquema de regulación directa centrado en el desarrollo de un Sistema Integrado de Regulación y Gestión Ambiental de la Industria (SIRG), cuyos componentes se abordan más adelante.

Cabe resaltar por otra parte que uno de los cambios institucionales más importantes en lo que a política ambiental industrial se refiere, tiene que ver con la estrecha vinculación que existe actualmente entre las áreas de regulación y normatividad con las de vigilancia y cumplimiento.

El que formen parte de una misma estructura administrativa, normadores y verificadores, ha permitido una retroalimentación mutua en beneficio de una revisión de la normatividad que tenga en cuenta los problemas de su aplicación y de una fiscalización de la misma que se ajuste a los propósitos asumidos al establecerla. En efecto, la elaboración de la normatividad debe anticipar y tomar en cuenta no sólo los problemas relacionados con su cumplimiento sino también aquellos derivados de la fiscalización de dicho cumplimiento.

Lo anterior se ha convertido en una condición con la cual se ha empezado a lograr garantizar un buen diseño de políticas públicas en este ámbito y en un factor facilitador del mejor cumplimiento de los objetivos de la política ambiental.

 

 

Programa de mejora regulatoria

 

El nuevo enfoque que encierra los instrumentos contemplados en el SIRG está en total interacción con el proceso de mejora regulatoria impulsado desde el gobierno federal cuyo objetivo principal es crear y mantener un marco regulatorio transparente y eficiente que transforme a México en un país más atractivo para el crecimiento de las empresas existentes y el establecimiento de nuevas empresas. Al eliminar obstáculos y costos innecesarios impuestos por una normatividad federal anacrónica o inadecuada y al diseñar normatividad, servicios gubernamentales o promocionales efectivos, la mejora regulatoria propicia la competitividad de las empresas, alienta la inversión productiva y permite la creación de más y mejores empleos.

La SEMARNAP, el Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, participan en este esfuerzo de desregulación y simplificación administrativa buscando llenar vacíos legales, modernizar los instrumentos regulatorios y simplificar los trámites a los que está sujeto el sector empresarial, en temas y asuntos relacionados con la protección del medio ambiente.

Así el programa de mejora regulatoria que en el Instituto Nacional de Ecología se ha impulsado, busca alcanzar los siguientes objetivos:

• Incrementar la eficiencia del sistema regulatorio ambiental, ampliando sus alcances, oportunidades y minimizando sus costos sociales.
• Diseñar y promover nuevos mecanismos de regulación que amplíen los horizontes de gestión gubernamental y de participación de la sociedad.
• Establecer un horizonte de certidumbre y de reglas claras que brinde seguridad a la inversión, promueva decisiones a largo plazo en favor de la protección ambiental y suprima elementos de discrecionalidad.
• Generar una atmósfera de confianza y cooperación entre la autoridad ambiental y el sector privado, buscando convergencia y estrategias comunes.
• Eliminar aquellas regulaciones que no representan un beneficio para la protección del medio ambiente.

 

 

2.2.1 Nuevo esquema de normatividad

 

En el plano del perfeccionamiento de instrumentos de política ambiental se han modificado de manera sustantiva, tanto el tipo, como el enfoque de normalización.

Las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental tienen su origen en las normas técnicas ecológicas y su desarrollo ha sido consecuencia, por un lado, de la evolución que ha tenido la normalización a nivel nacional y, por el otro, de los cambios experimentados en la forma de abordar los problemas ambientales.

En principio ya la Ley Federal de Protección al Ambiente (1982) hacía referencia a la expedición de normas técnicas básicamente orientadas a prevenir y controlar los problemas de salud derivados de la contaminación ambiental, siendo la Secretaría de Salubridad y Asistencia la entidad encargada de su expedición. Como producto de la promulgación de esta Ley sólo se expidió un nuevo Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación Originada por la Emisión de Ruido y siguieron vigentes los de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica por la Emisión de Humos y Polvos y el de Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas, los cuales contienen entre sus disposiciones los límites permisibles de contaminación.

No es sino hasta 1988, con la expedición de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que se define como asunto de alcance general en la nación o de interés de la Federación, la expedición de Normas Técnicas Ecológicas (NTE) y se las define como instrumento
de la política ecológica que tienen por objeto establecer “el conjunto de reglas científicas o tecnológicas que establecen requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, parámetros y límites permisibles que deben observarse en el desarrollo de actividades o uso y destino de bienes que puedan causar desequilibrio ecológico o daño al ambiente y, además que uniformen principios, criterios, políticas y estrategias ...” .

A partir de este año, la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, SEDUE, se dio a la tarea de expedir dichas Normas Técnicas Ecológicas.

Durante el periodo de 1988 a 1991 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación 58 Normas Técnicas Ecológicas: 33 en materia de aguas residuales, 18 relacionadas con atmósfera y monitoreo; y, 7 relativas a residuos peligrosos. Las normas expedidas durante este periodo estuvieron dirigidas a las actividades del sector industrial más contaminante y se basaron en regulaciones internacionales, principalmente de los Estados Unidos de América. De hecho, muchas de las normas técnicas fueron traducciones del Código Federal de Regulaciones de la Agencia para la Protección Ambiental. Ello originó que el enfoque normativo estuviera orientado hacia el control de final de tubo, tomando como base la mejor tecnología de control disponible y en consecuencia a la elaboración de normatividad específica para cada proceso productivo.

A partir de 1992, con las modificaciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estas normas empezaron a denominarse Normas Oficiales Mexicanas. La reforma de este año a dicha ley reviste particular importancia ya que no sólo unifica la denominación de las regulaciones
técnicas de todas las dependencias de la Administración Pública Federal sino que le otorga facultades a las Dependencias para expedir Normas Oficiales Mexicanas, reservada hasta entonces solamente a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI).

Posteriormente, la creación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, la incorporación del concepto de “desarrollo sustentable” tanto en la política ambiental como en el marco legal, la agudización de algunos problemas de contaminación y el surgimiento de temas emergentes, así como la proliferación de esquemas de autorregulación ambiental a nivel internacional, imprimieron un nuevo impulso a la normalización ambiental que condujo a la revisión de los esquemas adoptados hasta entonces. De esta revisión se concluye la necesidad de
reforzar el enfoque preventivo de la normalización optando por una regulación centrada en objetivos más que en los medios para alcanzarlos, y de promover cambios en el diseño de los procesos.

En ese sentido, se ha transformado de manera significativa el sistema de normalización impulsando la vinculación de éste con otros instrumentos de regulación directa e instrumentos económicos y se ha hecho uso de la información y de la promoción de la participación social. Los procesos de normalización en materia ambiental se han hecho cada vez más participativos y abiertos, lo que ha llevado a que muchas normas tarden más en elaborarse, pero a la vez ha garantizado tanto un mejor sustento técnico como una mayor legitimidad social.

Si bien de manera desigual según el medio a normalizar (agua, suelo o atmósfera), se ha avanzado hacia normas que establecen condiciones idénticas para todos los agentes regulados en lugar de atender a sus particularidades tecnológicas y a establecer diferencias en los límites en función de las características de los medios receptores de la contaminación.

Este enfoque, radicalmente diferente al basado en la mejor tecnología de control disponible y económicamente factible, hace que las emisiones contaminantes de las industrias tengan necesidad de mayor control si son más dañinas al medio ambiente y de esa manera hace patente el impacto diferencial de las emisiones de cada empresa haciendo mayores los costos de control asociados para quien más contamina, lo que no ocurre cuando se impone tecnología de control.

Asimismo, se propicia que en las nuevas inversiones los impactos ambientales diferenciales puedan convertirse en un factor de localización industrial más adecuada, ya que si un proceso afecta más a un ecosistema frágil, las necesidades de tecnología de control y los costos de control de sus emisiones contaminantes serán mayores que en otro donde su efecto es menos grave, por lo que se tendrá una razón para buscar una localización tanto ambiental como económicamente más favorable.

Por otro lado, se ha procurado dar tiempos diferenciales de cumplimiento para permitir que las soluciones tecnológicas sean lo más variadas posibles e incluyan la posibilidad de adecuar procesos y modernizarlos en lugar de tener que optar necesariamente por tecnología de control, que es igualmente eficaz pero más costosa. No obstante lo anterior, en aquellos casos críticos en que hay riesgo de una afectación severa a la salud humana o al ambiente, se ha procurado que la solución sea lo más eficaz y oportuna posible.

El número de normas oficiales mexicanas (NOM) se ha modificado sustantivamente desde 1995 (como puede apreciarse en el cuadro siguiente, el cual incluye a todas las Normas Oficiales en vigor). Por lo que se refiere sólo a las enfocadas al sector industrial, en 1994 había 37 NOMs en vigor y hoy sólo hay vigentes 22, a pesar de que se han incorporado 6 temas nuevos en materia de impacto ambiental; 2 de atmósfera; 2 en residuos y una de temas transversales, que es la de lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales (estas tres últimas en proceso de expedición).

El factor decisivo de esta reducción que es reflejo del cambio de enfoque en la normatividad, es el caso de las aguas residuales. En 1995 estaban en vigor 43 normas relativas a las descargas de aguas residuales, de las cuales 41 se referían a procesos industriales específicos y dos a descargas municipales, y faltaban aún una gran cantidad de sectores por controlar.

Estas 43 normas fueron sustituidas por dos, que cubren a la totalidad de las descargas sobre bienes nacionales y el alcantarillado municipal (exceptuando la infiltración y la inyección al subsuelo), y donde los límites de descarga están fijados en función del tipo de cuerpo receptor y su uso. Para algunos cuerpos de agua se controlan parámetros que en otros se dejan libres, ya que hay un impacto diferencial sustantivo en uno y otro caso. Asimismo, se planteó que los plazos de

 

 

cumplimiento deberían ser lo más cortos posible para grandes descargas (tanto por su afectación al medio como porque este sector estaba comprometido de antemano a llevar a cabo planes de acción) , y se establecieron ocho y quince años para descargas medianas y pequeñas con el fin de inducir transformaciones tecnológicas en procesos y minimizar el volumen de descarga.

El esquema normativo en esta materia no sólo incluye las dos normas de descargas, sino que se complementa con una norma para promover el reuso de las aguas tratadas y otra relativa a los lodos generados en las plantas de tratamiento del agua residual. Las normas expedidas en esta
materia están inmersas en un esquema regulatorio más amplio, que contempla el uso de instrumentos económicos a través de la Ley Federal de Derechos, de instrumentos de regulación directa específica (condiciones particulares de descarga) e instancias de participación social como
los Consejos de Cuenca.

También se han registrado avances en las normas en materia de residuos municipales y peligrosos y de atmósfera. Se ha hecho una revisión profunda de la norma que define a un residuo como peligroso, buscando incorporar nuevos criterios, mucho más precisos y acordes con la realidad
nacional, que está en proceso de discusión.

En cuanto a la normatividad relativa a las emisiones de contaminantes atmosféricos, también se han logrado avances importantes tendientes a lograr un esquema similar al aplicado en aguas residuales. En lo referente a las emisiones vehiculares, la normatividad ha sido revisada sistemáticamente, a fin de incorporar los cambios tecnológicos en la producción de vehículos promoviendo así la renovación del parque vehicular, sobre todo en aquellas zonas urbanas críticas que presentan los problemas más agudos de calidad del aire. La actualización continua de estos instrumentos aunado a los programas de verificación y otros programas de control de emisiones han permitido mejorar la calidad del aire en las zonas metropolitanas del país, y en particular, en la de la Ciudad de México.

Asimismo, se ha logrado empezar a integrar normas que contemplen los efectos de lo normado sobre los diferentes medios. En este sentido, se ha logrado desarrollar una norma para incineración que incluye consideraciones sobre atmósfera y residuos y está en proceso otra para normar las características que debe tener un lodo proveniente de plantas de tratamiento para su aprovechamiento sustentable, en la que concurren aguas residuales y residuos.

Otro aspecto de normalización que ha tenido un efecto positivo sobre el desempeño de algunos sectores de la industria ha sido el desarrollo de normas en materia de impacto ambiental, se han expedido 7 normas oficiales mexicanas al respecto, contribuyéndose con ello a la simplificación
del proceso de evaluación y a implantar medidas de mejora regulatoria.

Estos avances, aunque incipientes, son novedosos a nivel mundial y apuntan a abordar el problema de manera integral. La normalización oficial tiene aún algunas lagunas significativas, pero empieza paulatinamente a verse un nuevo marco normativo (ver grafica) que, a diferencia del anterior, es de aplicación generalizada, establece límites basados en consideración de las características de los ecosistemas y no de la tecnología de control, y abre posibilidades de cambio tecnológico, los que tienen tanto un beneficio ambiental como un beneficio productivo y social.

 

 

 

2.2.2 Regulación directa de la industria

 

La regulación directa de la industria complementa de manera significativa las transformaciones que se han dado en el marco normativo, ya que permite resolver casuísticamente problemas que, por sus particularidades, no pueden ser contemplados a través de otros instrumentos a menos que se esté dispuesto a hacer incurrir a todos los agentes en costos para solucionar problemas específicos.

A partir de junio de 1997 la Semarnap- INE comenzaron a instrumentar el Sistema Integrado de Regulación y Gestión Ambiental de la Industria (SIRG), con un esquema de regulación más eficiente que el anterior, con elementos de coordinación e integración de criterios multimedios y un componente significativo de simplificación administrativa. El SIRG promueve, además, instrumentos tendientes al fomento de la protección ambiental más allá del piso mínimo de cumplimiento general fijado por la normatividad; ello mediante opciones voluntarias de autorregulación que den cabida y estimulen acciones continuas por parte de las empresas hacia una producción industrial cada vez más limpia.

 

 

El SIRG propone, entre otros aspectos, el desarrollo paulatino de un sistema coherente y eficaz de regulación que evita divergencias institucionales al propiciar y facilitar la coordinación entre organismos que en la SEMARNAP tienen a su cargo diversos instrumentos de regulación directa para así lograr una gestión más integral. Dicha coordinación permite integrar y unificar mecanismos de regulación y generar una tendencia muy dinámica de largo alcance que apunta a la consolidación de diferentes instrumentos y a la formulación de una política ambiental multimedios para la industria.

 

 

Objetivos del SIRG

 

• Racionalizar el uso de instrumentos de política ambiental, bajo el supuesto de que ningún instrumento por sí mismo es capaz de dar solución a todos los problemas de contaminación que se registran en el aire, el agua y los suelos y de que todo instrumento de política es perfectible.
• Buscar integrar los diferentes aspectos de la operación de una planta en términos de sus efectos ambientales en general, y no sobre medios específicos.
• Generar soluciones permanentes a los problemas ambientales, mediante la modernización de los procesos de producción, más que a través de la imposición de tecnologías de control específica, lo que constituye una apuesta tecnológica muy novedosa.
• Mantener, bajo un principio de corresponsabilidad, un esquema de inducción de mejores prácticas ambientales, a partir de hacer conciencia de los problemas ambientales que genera la industria y las ventajas competitivas que para ella representa el cuidado ambiental.

El Sistema se compone de varios tipos de instrumentos, entre los cuales hay tres que han evolucionado más en los últimos años: la Licencia Ambiental única, la Cédula de Operación Anual y los instrumentos voluntarios. Estos instrumentos presentan variadas vinculaciones y sinergias que se extienden hacia otra serie de instrumentos, tanto económicos como de información, que son complementarios, de forma tal que este conjunto de elementos y sus interacciones constituyen la totalidad del Sistema Integrado de Regulación Directa y Gestión Ambiental en la Industria.

La perspectiva de largo plazo del SIRG es lograr niveles de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) que permitan abarcar en un todo, tanto a la industria de competencia federal, como a aquélla de competencia estatal (ver anexo “Descentralización en materia de instrumentos de regulación ambiental directa de la industria”).

 

 

• Instrumentos centrales del SIRG: Licencia Ambiental Única, Cédula de Operación Anual e Instrumentos Voluntarios

 

 

Licencia Ambiental Unica

 

La Licencia Ambiental única (LAU) integra todas las obligaciones ambientales que una empresa tiene ante la Federación. Esta nueva licencia para la industria atiende a lo establecido en la LGEEPA en cuanto al establecimiento de un trámite integral para la operación y funcionamiento de industrias, comercios o servicios, que requieren obtener diversos permisos, licencias o autorizaciones competencia de la SEMARNAP. Aplica a las empresas que son fuentes fijas de jurisdicción federal en materia de atmósfera y opera de acuerdo con los procedimientos y mecanismos en su momento publicados mediante acuerdo secretarial.

En relación con los trámites integrados a la LAU y a los formatos respectivos, se estableció que en el formato de la LAU, únicamente se requerirá la información y documentos anexos previstos en los reglamentos y NOM’s en materia de emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales
en cuerpos de agua de jurisdicción federal y respecto a actividades relacionadas con el manejo de residuos peligrosos. Cualquier otra información adicional que se requiera con fines estadísticos, se solicitará con carácter opcional y, por lo tanto, su cumplimiento no será obligatorio para los particulares.

 

 

Licencia Ambiental Única

 

La Semarnap suscribió un acuerdo en el marco de política federal de mejora regulatoria por el que se establecen los procedimientos y mecanismos para que las empresas puedan obtener la Licencia Ambiental única (LAU), mediante un trámite único. En dicho Acuerdo se establecen, entre otros, los siguientes lineamientos:

• A través de la LAU los establecimientos industriales podrán presentar su manifestación de impacto ambiental, estudios de riesgo y permisos para descarga de aguas residuales, antes de la fase constructiva, y los permisos de residuos peligrosos, atmósfera y agua, en fases posteriores.
• La tramitación de la LAU es de carácter obligatorio únicamente para los nuevos establecimientos, para empresas que cambien de giro o de ubicación, así como aquellos que requieren de regularización por no contar con Licencia de Funcionamiento.
• El trámite de la LAU es opcional para los responsables de establecimientos que ya cuentan con Licencia de Funcionamiento, pero desean voluntariamente incorporarse al esquema de la LAU.
• Aquellos establecimientos que cuenten con LAU o, en su caso, Licencia de Funcionamiento, deberán presentar un informe anual denominado Cédula de Operación Anual (COA).

Como lo señala la información del cuadro anterior, es de aplicación obligatoria para plantas nuevas o que requieran regularizarse por tener sus trámites incompletos, y es voluntaria para quienes quieran actualizar la licencia de funcionamiento con la que cuentan. Cabe señalar, que un número importante de plantas que ya tenían sus Licencias de Funcionamiento han optado por un relicenciamiento integral.

La LAU comprende un número variable de instrumentos unificados, que dependen de las obligaciones federales que deba cumplir la planta. Puede llegar a contemplar: evaluación del impacto ambiental, análisis de riesgo, permiso de descarga de aguas residuales a cuerpos nacionales, programa de prevención de accidentes, protocolos de pruebas en emisiones a la atmósfera, protocolos de pruebas en manejo y tratamiento de residuos peligrosos, registro como generador de residuos peligrosos, autorización de manejo de residuos peligrosos y autorización de emisiones a la atmósfera.

Aunque la integración de todos los trámites federales en un sistema de decisiones único no reviste mayor importancia aparente, se trata de un avance fundamental en la gestión ambiental.

La situación anterior al establecimiento de la Licencia Ambiental Única se caracterizaba por un proceso de toma de decisiones de diferentes instancias federales que, en el mejor de los casos, se consultaban las unas a las otras, pero que por lo regular tomaban decisiones independientes, centradas en limitar la contaminación que afectaba a un medio particular, y frecuentemente en uno solo de los aspectos de dicho medio.

 

 

Así, el análisis de riesgo estaba desvinculado de las disposiciones establecidas en materia de manejo de residuos, las disposiciones en materia de emisiones a la atmósfera de las de descargas de aguas residuales, y así sucesivamente, a pesar de tratarse de todas las autorizaciones, permisos y licencias emitidas por instancias de la autoridad federal. De igual manera, las industrias reguladas debían presentar información diferente ante múltiples instancias, mucha de la cual tenía partes en común pero carecía de una visión de conjunto del problema ambiental de la planta, es decir, sin que ello significase sistematizarla. En muchos casos eso se traducía en transferencia de problemas de un medio a otro (por ejemplo, control de emisiones atmosféricas a costa de un nuevo problema en aguas residuales).

A partir de septiembre de 1997 entró en vigor la Licencia Ambiental Única, obligatoria para las empresas nuevas o irregulares de jurisdicción federal en materia de atmósfera dentro de la Zona Metropolitana del Valle de México, y voluntaria para el resto del país. En enero de 1999 se hizo obligatoria en las 16 entidades federativas con mayor actividad industrial y a partir de septiembre de este mismo año para el resto del país.

A pesar de problemas iniciales de coordinación interna entre las diferentes instancias, se ha venido desarrollando una metodología de análisis que tiende a integrar y valorar el conjunto de los impactos ambientales de las empresas, a partir de la cual cada instancia encargada de tomar una decisión tiene información sistematizada sobre la planta que analiza.

Asimismo, conoce y puede analizar y considerar las medidas que otras áreas pretenden disponer y puede llegar a detectar problemas de cambio de estado físico o químico de los contaminantes que, en el esquema anterior, pasaban desapercibidos. Cabe decir que los giros industriales que son competencia federal son en general aquellos con un nivel mayor de relevancia y sofisticación en lo que a sus posibles efectos ambientales se refiere.

De la misma manera, los usuarios de la LAU se han beneficiado, ya que implica una significativa simplificación administrativa; se requiere presentar menos información y por último, se presenta de manera ordenada y sistemática, lo que ha permitido que las empresas detecten problemas que, aún con una compleja estructura ambiental dividida por medios, a menudo pasaban desapercibidos. Detectar estos problemas en el momento del licenciamiento permite hacer ajustes a las plantas, minimizando la contaminación, optimizando procesos y ahorrando costos.

Finalmente, otro beneficio de la LAU es que inhibe procesos de toma de decisiones discrecionales dentro del sector federal, ya que requiere de la participación coordinada de distintas áreas, con una visión institucional.

 

 

Hasta junio de 2000 se han expedido 190 LAU en todo el país. La mayoría (141) ha sido a través del INE. De estas últimas, cerca de tres cuartas partes (70%) corresponde a empresas nuevas o irregulares y poco más de una cuarta parte (27%) han sido licencias voluntariamente tramitadas
por empresas que no requerían en sentido estricto hacerlo.

 

 

Un caso de particular importancia en este plano es el proyecto piloto de Ciudad Juárez, Chihuahua, donde, mediante un convenio de concurrencia, los tres órdenes de gobierno generaron una Licencia Ambiental Única que abarca todas las obligaciones ambientales de una empresa, sin importar a cual orden de gobierno le corresponde la atribución. Este proyecto, ha derivado ya en la emisión de 24 LAU expedidas y otras 49 actualmente en trámite, que coordinan decisiones entre más de un orden de gobierno. Se está en el proceso de consolidar el mecanismo mediante la firma de un convenio definitivo.

 

 

Cédula de Operación Anual

 

Otro componente fundamental del SIRG, y que se encuentra íntimamente ligado con la LAU, es la Cédula de Operación Anual (COA), la cual es un instrumento de información que permite analizar la evolución del desempeño ambiental de las industrias y generar información anual sobre la emisión y transferencia de contaminantes, modernizado las formas en que las plantas industriales presentan sus informes a la Federación.

La Cédula de Operación Anual es, entonces, un mecanismo de reporte relativo a las emisiones, transferencia y manejo de contaminantes que deriva de las obligaciones fijadas en la Licencia Ambiental Única o Licencia de Funcionamiento, así como en los Reglamentos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y manejo de residuos peligrosos. La Cédula debe ser entregada en el primer cuatrimestre de cada año, de acuerdo al calendario establecido. Debe ser presentada por los establecimientos industriales de los siguientes sectores: petróleo, petroquímica, química, pinturas y tintas, siderúrgica, metalúrgica, automotriz, celulosa, papel, cemento, cal, asbesto, vidrio, generación de energía eléctrica y tratamiento de residuos peligrosos.

La Cédula de Operación Anual permite conocer:

• La cantidad de contaminantes que se emiten al aire, agua y suelo.
• La cantidad de contaminantes que se tranfieren fuera del establecimiento, sea para su tratamiento, reciclaje, reuso, disposición final o incineración.
• Las actividades de control y prevención de la contaminación y proyección de los volúmenes de contaminación para el siguiente período de reporte.
• La información de los métodos de tratamiento in situ.

Dado el enfoque multimedios de la Cédula, el análisis de la misma proporciona información a la empresa para poder derivar prioridades en materia de procesos que promuevan: tecnologías limpias, modernización de procesos y sustitución de insumos, racionalización de uso de agua y energía, utilización de mejores combustibles, reciclaje de residuos o subproductos y la minimización de residuos
La figura siguiente presenta los momentos de reporte a los que está sujeto un establecimiento industrial que involucre emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, depósito de residuos en el suelo, tratamientos in situ de éstos y transferencia de contaminantes hacia sistemas
de reciclaje, tratamiento o disposición controlada.

 

 

Si bien el avance no ha sido tan significativo como en el caso de la LAU, la Cédula de Operación Anual (COA) de las empresas representa un instrumento con un alcance potencialmente similar, y aún mayor.

Entre los principales problemas para la plena integración de la COA, destacan que la información sobre descargas de aguas residuales tiene efectos fiscales ya que es motivo de pago de derechos de acuerdo con su volumen y carga contaminante, y que conlleva obligaciones reglamentarias con tiempos establecidos que difieren de los de la COA.

 

 

La COA está concebida como el reflejo dinámico del proceso de licenciamiento y puede permitir, en el futuro, detectar cambios que conlleven condicionantes de operación diferentes a las establecidas en la LAU. Sin embargo, para que esto sea posible es imprescindible que se lleven a cabo una serie de modificaciones normativo y reglamentarias. La COA constituye, a la vez, una parte fundamental de un sistema dinámico de información industrial que está en proceso de desarrollo: el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), que se aborda posteriormente.

En resumen, tanto el sistema bajo el cual se señalan obligaciones que las empresas deben cumplir, como el proceso mediante el cual las plantas industriales de jurisdicción federal informan a la autoridad ambiental, se han modernizado significativamente. Se ha pasado de un número amplio de obligaciones desvinculadas a un proceso en el cual se han ido integrando trámites, sistematizando la información y desarrollando formas de coordinación interna que antes no existían, favoreciendo con ello el mejor desempeño ambiental de las empresas.

 

 

Instrumentos Voluntarios

 

A partir de la creciente importancia que los problemas ambientales de la industria han ido adquiriendo en el plano del comercio internacional, se han abierto espacios para esquemas que van más allá del marco reglamentario.

Si bien la regulación directa es necesaria, hay evidencias de que esta tiene limitantes como es el alto costo del proceso de verificación, inspección y vigilancia para garantizar su cumplimiento; el freno a la innovación del sector productivo al enfocarse éste al solo cumplimiento de la normatividad oficial y puede representar también desventajas competitivas para las pequeñas y medianas empresas que se ven imposibilitadas de cumplir con el marco normativo ambiental, lo que conlleva una imagen negativa ante la opinión pública.

A partir de 1994, se comenzó a promover con mayor fuerza la utilización de otros tipos de instrumentos de política ambiental. Por una parte los instrumentos económicos que más adelante se abordarán y por otra parte, los instrumentos de tipo voluntario, como los convenios de concertación entre la industria y la autoridad, las normas voluntarias, la auditoria ambiental y la autorregulación por parte de la industria.

El énfasis en programas voluntarios para alcanzar metas ambientales se remonta en el ámbito internacional a la década de los ochenta, cuando los costos de cumplir con la regulación en los países industrializados llegaron a niveles extremadamente elevados. Los programas voluntarios obedecen pues al reconocimiento de que el nivel de protección que asegura la regulación ambiental tradicional no puede ser mejorada sin que se incurra en costos económicos, sociales y políticos excesivos. Con este concepto, se busca fomentar acciones voluntarias para incrementar el nivel de protección ambiental, bajo el supuesto de que dichas acciones serán rentables para las empresas que las realizan. Como ha quedado demostrado en gran parte de las empresas que se han realizado auditorías ambientales y con otros instrumentos voluntarios de gestión ambiental.

Destacan entre los instrumentos voluntarios aplicados en nuestro país el Programa de Auditorias Ambientales a cargo de la PROFEPA, los esquemas de autorregulación industrial, las normas voluntarias y algunas iniciativas de la propia industria que en lo general no se contraponen y sí en cambio pueden ser encauzadas mediante instrumentos de política.

El Programa Nacional de Auditoría Ambiental ha sido concebido como un instrumento voluntario para el cumplimiento de la legislación ambiental y consiste en la revisión exhaustiva de instalaciones, procesos, almacenamientos, transporte, seguridad y riesgo de los establecimientos industriales, entre otros aspectos.

A partir de los resultados de dicha revisión, las empresas asumen compromisos plasmados en planes de acción que definen, en plazos determinados, las obras, adquisiciones y acciones necesarias, estén normadas o no, para garantizar el óptimo desempeño ambiental de la industria.

Los planes de acción permiten a los responsables del funcionamiento de una empresa examinar sus operaciones metódicamente, tanto en relación con la contaminación y el riesgo que generan como respecto del grado de cumplimiento de la normatividad ambiental vigente y de los parámetros internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería aplicables. Con ello, las empresas pueden definir las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger el ambiente y mejorar su desempeño ambiental. Una vez acordado un plan de acción con las autoridades, el mismo adquiere carácter vinculante para la empresa.

A través de las Auditorias Ambientales se busca inducir un desempeño ambiental de excelencia por parte de la industria (ver apartado de “vigilancia y cumplimiento de la normatividad”). Por ello, las instalaciones que ingresan al programa no sólo se comprometen al estricto cumplimiento de la legislación ambiental, sino que además, para aquellos aspectos ambientales que aún no están normados en nuestro país, adoptan las normas internacionales y de buenas prácticas de ingeniería.

Lo anterior ha hecho posible que en las instalaciones que cuentan con una auditoria, que en conjunto representan más del sesenta por ciento del Producto Interno Bruto industrial del país, se haya adoptado en forma voluntaria normas y parámetros sobre diversos temas. Uno de ellos es el de la reducción de riesgos, cuya puesta en práctica se ha reflejado en una disminución del orden de treinta y dos por ciento en las primas de seguros contra accidentes. Asimismo, instalaciones con pasivos ambientales importantes (como suelos contaminados en las áreas circundantes a las plantas) han emprendido acciones de restauración sin necesidad de acciones coactivas con lo que se han limpiado cerca de un millón cuatrocientas mil toneladas de suelos en los últimos siete años. Algunos de los temas en los que se han venido adoptando parámetros no obligatorios son los siguientes:

 

Riesgo

• Especificaciones de estructuras e instalaciones hidráulicas, eléctricas, etcétera.
• Especificaciones de recipientes sujetos a presión.
• Criterios para la ubicación y construcción de almacenes de materiales peligrosos y de productos terminados (almacenamiento, manejo y señalización).
• Características de las redes de hidrantes.
• Especificaciones para diques de contención de tanques de almacenamiento de productos inflamables y combustibles.

 

Suelo

• Criterios para especificar los límites máximos permisibles de hidrocarburos totales del petróleo (HTP) y de metales en suelo.

 

Aire

• Límites máximos de emisiones de compuestos orgánicos volátiles e hidrocarburos a la atmósfera provenientes de fuentes fijas.
• Emisiones en sistemas de combustión directa (hornos).
• Criterios para establecer los límites máximos permisibles de partículas sólidas suspendidas de acuerdo al giro industrial (inyección de plásticos, pulidoras y esmeriladoras de la industria metalmecánica y fabricación de muebles).

 

Agua

• Los parámetros establecidos en la NOM-001 se adoptaron aún antes de su entrada en vigor.
• Criterios de concentraciones máximas de hidrocarburos contenidos en el agua.
• Procedimientos para mantenimiento a sistemas de drenaje (químico, sanitario
y pluvial).

Por otro lado, se han comenzado a promover entre los industriales, los convenios de autorregulación ambiental, entendidos como un instrumento voluntario que permite cumplir con metas y objetivos ambientales más estrictos que la legislación y la normatividad ambiental y producir a la vez ventajas competitivas a las empresas participantes, permitiendo a los particulares establecer parámetros de desempeño que no solamente respeten los previstos en el ordenamiento jurídico, sino que los mejoren.

Estos mecanismos son un compromiso voluntario que les permitirá superar o mejorar los niveles de calidad ambiental por lo que a protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente se refiere.

En este marco la SEMARNAP, en coordinación con la SECOFI, ha firmado 15 convenios de autorregulación con empresas, cámaras y asociaciones industriales. Los ramos industriales involucrados incluyen: elaboración de alimentos y bebidas; automotriz; químico; minero; curtiduría regional; cemento y equipos eléctricos.

Estos convenios de autorregulación industrial incorporan normas voluntarias, programas para la minimización, manejo y reciclaje de residuos, programas de capacitación y difusión, adopción de las mejores prácticas disponibles y de sistemas de administración ambiental, como son:

• Programa para la utilización de residuos industriales como combustibles alternos en hornos de cemento.
• Manual para la minimización y manejo adecuado de los residuos de la curtiduría. Aplicación potencial por parte de más de 600 empresas curtidoras.
• Programa “Campo Limpio” desarrollado con la Asociación Mexicana de Fabricantes de Agroquímicos para el lavado, recopilación, acopio y reciclaje de envases que contenían agroquímicos.
• Establecimiento de límites voluntarios permisibles de emisión de compuestos orgánicos volátiles en las operaciones de pintura de automóviles en planta.

Estos convenios pueden hacer uso de instrumentos no convencionales para solucionar problemas sectoriales, sea al interior de la propia industria o para solucionar problemas ajenos a estos sectores, pero que por alguna razón les interesan.

 

 

En términos de instrumentos voluntarios, otro aspecto que merece ser señalado, a pesar de no formar parte de la política pública ambiental, es el de la tendencia creciente de las empresas a establecer sistemas de administración ambiental. En muchos casos esto es motivado por la búsqueda de una certificación con finalidades comerciales, pero hay evidencia empírica que demuestra que la implantación del sistema contribuye significativamente a mejorar el desempeño ambiental. Cabe destacar que si bien los sistemas de administración ambiental son elección de cada empresa, la generación de condiciones para que se instalen y para incidir en el tipo de objetivos que los sistemas busquen, es una responsabilidad pública.

El desarrollo de los sistemas de administración ambiental inició a principios de los años 90 y se ha ido consolidado en la forma de normas ambientales de tipo local como el estándar británico BS 7750, regional como el Esquema de Auditoria y Administración Ambiental (EMAS) de la Comunidad Europea o la serie de normas voluntarias internacionales ISO 14000.

Respecto de las Normas Voluntarias Internacionales de la serie ISO 14000, en México se trabaja en dos vertientes: por una parte en la promoción para la aplicación y certificación de establecimientos en la norma ISO 14001 referente a sistemas de administración ambiental, a la fecha hay en México 63 plantas industriales certificadas en la norma ISO 14001.

Por otra parte, se trabaja en el desarrollo de las normas mismas y de su homologación como Normas Mexicanas, como es el caso de la NMXSAA-001 que es equivalente a la ISO 14001.

La norma ISO 14001 establece los elementos de un Sistema de Administración Ambiental, entendido este como la parte del sistema de administración de una empresa que incluye la estructura organizativa, actividades de planeación, responsabilidades, prácticas, procedimientos,
procesos y recursos para desarrollar, implantar, alcanzar, revisar y mantener una política ambiental.

La importancia y expectativas en torno a la norma ISO 14001 respecto de las implicaciones que este tipo de estándar pudiera tener para las empresas mexicanas en cuanto a utilización, beneficios ambientales, dificultades para su adopción o creación de barreras comerciales, fueron los motivos para que el INE y un grupo de 11 grandes empresas de Guadalajara firmaran un convenio para desarrollar e implantar un sistema de administración ambiental en sus instalaciones y en 22 pequeñas y medianas empresas. Las empresas pequeñas y medianas (PyMES), fueron seleccionadas por las 11 empresas grandes, entre sus clientes y proveedores. Los recursos financieros para la ejecución de este proyecto fueron aportados por las grandes empresas y por el Banco Mundial.

Los resultados de este proyecto piloto demostraron que las PyMES, pudieron aplicar, con la ayuda de asistencia técnica y consultoría, la norma ISO 14001 sin grandes dificultades. En lo que se refiere al mejoramiento del desempeño ambiental y cumplimiento de la legislación, se constataron en forma medible y reportable importantes avances en estos aspectos.

Por último, otro ámbito en el que ha habido desarrollos aunque incipientes es en el plano de las normas de índole voluntaria, en nuestro país conocidas como Normas Mexicanas (NMX). Las normas mexicanas son aquellas que elabora un Organismo de Normalización Nacional privado o un Comité Técnico que prevé para un uso común y repetido, reglas, especificaciones, atributos, directrices, etc. Su campo de aplicación puede ser nacional, regional o local, pero siempre son de carácter voluntario.

Este esquema de normalización ha permitido eliminar rigideces técnicas innecesarias e inherentes a la normalización oficial, particularmente en lo que se refiere a métodos de prueba. Este plano de acción es imprescindible para que las estructuras de acreditación y certificación puedan constituirse en un complemento adecuado de la regulación y su vigilancia.

En 1994 había 108 NMX en vigor, de las cuales 30 han sido revisadas, hay 12 proyectos de nuevas NMX de métodos y una que representa un código de conducta (RETC).

En resumen, los instrumentos voluntarios han demostrado complementar exitosamente -con ventajas ambientales, de costo y de efectividad- a los de regulación directa. Por ello es necesario, además del seguimiento de los acuerdos establecidos, seguir promoviendo su aplicación en un número mayor de empresas. Si bien la autorregulación se inició en México con las grandes industrias, es necesario permear este instrumento a las micro, pequeñas y medianas empresas, en la medida en que es ahí donde pueden obtener mayores beneficios ambientales, además de apoyar a las empresas que mayores carencias tienen.

 

 

• Instrumentos complementarios: Instrumentos económicos e Instrumentos de información

 

Instrumentos económicos

Los instrumentos económicos abarcan un conjunto de políticas heterogéneas cuya principal característica distintiva es que se valen de los mercados y del mecanismo de precios para internalizar las externalidades ambientales.

A pesar de que las dimensiones de su potencial continúa en debate, los estudios y la experiencia con la que ya se cuenta dan una serie de criterios y perspectivas para profundizar en torno a su aplicación actual y las opciones previsibles.

En la práctica los avances son incipientes y todavía falta asentar institucionalmente una estrategia compartida al interior de la administración pública federal y de los gobiernos estatales, en términos de sus alcances y con acuerdos clave de mediano plazo. Esto es, una estrategia plenamente insertada en la conducción de la economía y en las relaciones intergubernamentales, y bajo criterios ambientales precisos.

 

 

Los instrumentos fiscales a pesar de ser escasos son los más desarrollados. En la actualidad, se aplican algunos pagos de derechos con fines ambientales y dos instrumentos que funcionan como incentivos fiscales: la depreciación acelerada y el arancel cero.

 

 

El cobro de derechos por las descargas de aguas residuales fue uno de los primeros instrumentos de protección ambiental basado en incentivos económicos que se utilizó en México y que se regía por el principio de que “el que contamina paga”. Sin embargo, por diversos factores económicos, institucionales y aún culturales, la respuesta por parte de los gobiernos municipales y las empresas ha sido en extremo limitada. La aplicación de los derechos convirtió a un instrumento que en principio debería haber estimulado la creación de infraestructura de tratamiento en una sobre carga financiera para los agentes que incumplían, obstaculizando así la concreción de los beneficios ambientales buscados.

Pero en materia de instrumentos fiscales sin duda, en lo que más se ha avanzado es en la desgravación de equipo “de prevención y control de la contaminación” tanto en el plano del Impuesto sobre la Renta como en fracciones arancelarias, si bien en ambos casos estos instrumentos tienden a reforzar enfoques de “final de tubo” y la aplicación del criterio “anticontaminante” no ha sido fácil.

Los instrumentos financieros están en una etapa de diseño, por lo cual no se pueden adelantar resultados; existen fondos disponibles en NAFIN que no han sido debidamente canalizados hacia los sectores productivos porque las tasas de interés todavía son demasiado elevadas; fondos públicos ambientales de difícil operación, como el de la Comisión Ambiental Metropolitana del Valle de México y está en diseño y etapa preparatoria un sistema de fondos estatales para respaldar financieramente proyectos ambientales. Estos fondos se basan en esquemas de complementariedad entre recursos federales y estatales y contemplan la aplicación de derechos con fines ambientales específicos.

Por otra parte, se intenta avanzar en la creación de un sistema de seguros y fianzas para materias relacionadas con impacto ambiental y sitios abandonados y con transporte y manejo de materiales y residuos peligrosos.

Sin embargo, a pesar de que se trata de un mercado que tiene un tamaño potencialmente importante, el sector financiero no manifiesta gran interés en desarrollarlo.

Por último, existen otros instrumentos de mercado todavía en etapas iniciales de desarrollo como es el caso de los Sistemas Depósito Reembolso (SDR) propuestos para neumáticos, aceites lubricantes usados (principalmente para vehículos), baterías y pilas (consumo familiar y de telefonía celular), que tienen la facultad potencial de estimular la reutilización y reciclaje de materiales pero de los cuales aún no es posible hacer una evaluación.

Cabe resaltar que los avances anteriormente descritos son muy incipientes, no obstante este tipo de instrumentos tiene un gran potencial, sobre todo en un horizonte de cambios en la interacción entre el Estado, los mercados y las organizaciones y específicamente, de reformas en la gestión
pública .

No obstante, lo más seguro es que en las próximas décadas sigamos necesitando una complementación de instrumentos, además de una conducción del Estado estratégica más intensa. Evidentemente los instrumentos de comando y control, seguirán prevaleciendo ya que son indispensables para el buen desempeño ambiental; sin embargo, tiene que seguirse estimulando la aplicación de penalidades, impuestos, cuotas, deducciones y subsidios orientados a actividades de prevención y modificación de procesos productivos.

 

 

Instrumentos de información

 

Otro de los avances que se han registrado en materia de política ambiental hacia el sector industrial se manifiesta en el plano del uso de instrumentos de información como apoyo a la gestión ambiental.

En términos constitucionales, el derecho a la información debe ser asegurado por el Estado como una garantía individual, sin embargo, aparte de la información económica estadística que colecta el INEGI que cuenta con una Ley de referencia, en otros tópicos existen vacíos legales que impiden el ejercicio práctico del derecho a la información. Uno de estos tópicos, con creciente demanda social y necesidad de un uso horizontal y descentralizado de la información, es el medio ambiente.

La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) ha integrado en un mismo título el derecho a la información ambiental y la participación social. En dicho apartado de la LGEEPA se describen las características principales del Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, el cual se concibe como el instrumento para difundir información técnica y documental en la materia. Así mismo, se afirma que el gobierno federal deberá promover la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política ambiental y de recursos naturales.

En este nuevo contexto legal, la sociedad civil y la iniciativa privada están adquiriendo un papel más relevante en la protección ambiental, tras una experiencia de varios años en los que generalmente se excluían a organizaciones sociales y privadas de la toma de decisiones, el acceso y el uso de la información y el desarrollo de las políticas ambientales. A todos ellos les interesa ejercer el derecho a ser informados y a usar la información con que cuenta la autoridad ambiental para tomar decisiones individuales o de grupo o simplemente para conocer la calidad del ambiente o el estado de recursos comunes como el aire de una ciudad o el agua de un río o un lago.

Además, la información ambiental es fundamental para el propio desarrollo de políticas y el establecimiento de objetivos y prioridades de gestión ambiental, así como para evaluar el desempeño de las políticas aplicadas. En este contexto, la información contribuye a propiciar la acción convergente de la sociedad hacia fines comunes, y a la vez a ensanchar los márgenes de maniobra de la autoridad conforme se documentan y se asumen consensos sociales.

Destacan en este plano el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), el Programa BRISA-México y los índices de Cumplimiento de la Normatividad Ambiental (ICNAs) a los que se refiere el apartado 3.1 de la presente publicación.

El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) constituye un instrumento de integración, análisis y manejo de la información que puede proporcionar a las instituciones de gobierno y al público en general conocimiento sobre la naturaleza, magnitud y localización de las emisiones de contaminantes y contribuir a una evaluación sobre el desempeño ambiental de las fuentes de emisiones.

El RETC constituye para las empresas un balance analítico de sustancias, y para el gobierno federal la posibilidad de detectar y tener un referente geográfico preciso de los principales contaminantes emitidos y de los riesgos potenciales por municipio y localidad. A diferencia de otros inventarios, el RETC permitirá visualizar la afectación a los diferentes medios en un espacio geográfico dado, y una vez que alcance representatividad estadística permitirá diagnósticos regionales y nacionales mucho más precisos.

De esta manera, la información proporcionada por el RETC se convierte en un mecanismo de retroalimentación para el entendimiento por partede la población y de las empresas, de la

 

 

consecuencia de sus conductas productivas y hábitos de consumo sobre el medio ambiente. Este círculo informativo se completa cuando las personas o las organizaciones cambian su comportamiento a la luz de la comprensión ganada. Como parte de un proceso educativo, la asimilación de la información del RETC facilita a las empresas y a los ciudadanos la interpretación de su interdependencia con la calidad del aire, del agua y del suelo, lo que a su vez genera un sentido de corresponsabilidad en la protección del medio ambiente.

El primer informe elaborado del RETC y publicado en 1999, representó el eslabón inicial necesario para lograr: información sistemática y representativa para apoyar la toma de decisiones y facilitar la participación corresponsable del sector privado, las organizaciones civiles, educativas y de los gobiernos estatales y municipales.

El informe integra a las fuentes industriales y a los otros sectores relevantes en la contaminación ambiental como la agricultura, el transporte y los servicios urbanos. Conforme a ello, la base de datos del RETC tiene una estructura tridimensional que incluye 8 categorías de fuentes de emisión, 178 contaminantes relacionados al agotamiento de la capa de ozono, la contaminación del aire en cuencas urbanas, el cambio climático, la contaminación del agua, los residuos peligrosos y las sustancias tóxicas. Si bien los datos incluidos en este primer documento son limitados y no abarcan aun los seis temas anteriores, a través de mapas que agregan datos a nivel municipal, estatal y nacional se ilustra la forma que puede representarse esta información.

Este primer informe fue también el resultado final de un ciclo de reporte con el que se ha instrumentado un nuevo procedimiento de integración de datos, a partir de la cédula de operación

 

 

anual de la industria y de inventarios de contaminantes integrados por la SEMARNAP relacionados a los principales problemas ambientales del país.
Para explicar la estructura y operación del RETC, dentro del informe se desglosan la clasificación de fuentes de emisiones y los métodos que se utilizan para estimarlas. Así mismo, dentro del documento, se detallan los tiempos y movimientos involucrados en el ciclo de reporte de la cédula de operación anual y en la integración de la base de datos. Respecto a esta última, se describen los módulos que permiten integrar la información a partir del programa de reporte, el programa de integración y el sistema gerencial. Dicho sistema gerencial, en proceso de instrumentación, permitirá en un futuro, desplegar las rutinas y mapas de consulta en la página del INE en Internet, a partir de la combinación de la base de datos y sistemas de información geográfica.

En la actualidad se elabora y debe publicarse en el presente año, el segundo informe nacional de emisiones y transferencia de contaminantes. Cabe destacar, que el acopio de información para el RETC se ha enfrentado con la reticencia de muchas empresas para dar información, y con varias indefiniciones de política. Por lo anterior y para darle fortaleza y sustento jurídico al RETC se elaboró una Norma Mexicana del RETC, la cual se encuentra en espera de aprobación para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por parte de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por otro lado, también se está buscando la concertación de acuerdos voluntarios con los principales sectores industriales.

El simple hecho de conocer y saber hacer uso de esta información podrá inducir modificaciones en las conductas de aquellas empresas que quieran mejorar su imagen pública aplicando tecnologías o prácticas coherentes con la producción limpia y el uso sustentable de recursos ambientales. Además al conocer dicha información, el reporte se convierte en una importante herramienta que puede aumentar considerablemente la capacidad del gobierno para lograr importantes objetivos de protección ambiental.

Otro instrumento de información actualmente en desarrollo es el Programa Brisa México el cual se pretende constituir en una base relacional de información sobre industria y medio ambiente, que contenga información conectada sobre procesos, puntos de emisión, legislación aplicable, tecnologías alternativas y proveedores de las mismas. Una vez que la base se torne suficientemente extensa, permitirá que un mercado ambiental incipiente y con enormes carencias de información pueda funcionar de mucho mejor manera.

Combinando diferentes elementos y criterios se detectan los principales problemas ambientales de las empresas y se pueden priorizar las visitas de inspección, por lo cual otro instrumento de información son los llamados ICNAs, a las empresas los ICNAs les permiten detectar deficiencias y buscar corregirlas, y al público le permiten hacer efectivo el derecho a la información, ya que dan a conocer el nivel de cumplimiento de las diferentes fuentes, contar con parámetros para evaluar el comportamiento de cada fuente y evaluar los programas de control y prevención de la contaminación.

El uso de múltiples instrumentos para solucionar de manera integrada los diferentes problemas ambientales de la industria constituye por sí mismo un cambio de forma de respuesta, bastante innovador y promisorio, si bien no exento de problemas de coordinación, de desarrollo desigual de los diferentes tipos de instrumentos y con resultados que podrán apreciarse en diferentes horizontes temporales. Sin embargo, se puede decir que México, con esta respuesta, se ha situado dentro de la vanguardia mundial en la materia.

El Sistema Integrado de Regulación y Gestión Ambiental de la Industria, con sus diferentes componentes, constituye un esfuerzo de mediano y largo plazo para lograr que los diferentes instrumentos de política y las acciones voluntarias se orienten hacia la prevención y el control de la contaminación del sector industrial.

 

 

2.3 GESTIÓN DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

 

2.3.1 Modernización de la estrategia de gestión


Especial mención por su importancia requiere la gestión de los residuos peligrosos. Hasta mediados de los años noventa la política en la materia aunque planteaba su minimización, se sustentaba en instrumentos jurídicos centrados en el confinamiento, que ignoraban el potencial de prevención de la generación derivado de la sustitución de materiales peligrosos como insumos. Por otro lado, no se incentivaba el reciclado, se imponían las mismas cargas y costos de cumplimiento a micro, pequeños y grandes generadores al no distinguir entre ellos, y no se planteaba diferencia entre el peligro y el riesgo de los residuos, dándole el mismo peso tanto a residuos de baja como de alta peligrosidad, así como de bajo y alto riesgo; asimismo, imponían un mayor número de obligaciones para los generadores y no se establecían medidas regulatorias a los procesos de tratamiento, creando además un gran número de trámites administrativos que desincentivaban el cumplimiento de los objetivos de la misma política.

La carencia de análisis de los datos contenidos en el sistema de manifiestos e informes periódicos de generadores y empresas de servicios de manejo, llevó a imprecisiones en la estimación de la generación, particularmente de los residuos biológico-infecciosos, y al sobredimensionamiento de los mercados ambientales, además de perderse la oportunidad de confirmar el manejo adecuado de los residuos desde su origen hasta su destino final.

La administración de los residuos peligrosos se caracterizaba por un gran número de trámites, en su mayoría tardados, basados en criterios de decisión desconocidos por los particulares y que no incorporaban la consulta a otras áreas de la propia Semarnap o el contacto con las autoridades locales competentes.

Lo anterior ha sido sustituido por una reducción considerable en el número de trámites (de 40 a 16, incluyendo dos en materia de riesgo), de los cuales se han desconcentrado a las delegaciones de la Semarnap varios, por procedimientos ágiles y transparentes hechos del conocimiento público, así como por una mejor y efectiva coordinación interna y con las autoridades estatales y municipales.

Junto con ello, se logró la disminución del pago de derechos por el registro como generador, para incentivar a los pequeños generadores de residuos peligrosos a manifestar dichos residuos.

La administración, también se caracterizaba por una escasa comunicación con diferentes sectores de la sociedad y de la participación corresponsable de éstos en el diseño e instrumentación de la política. Hoy en día la Semarnap a través del INE ha promovido la creación de redes intersectoriales estatales, códigos y programas voluntarios; acuerdos intergubernamentales; una fuerte interacción con el Poder Legislativo y se ha trabajado ampliamente en el plano de la capacitación e información pública. Asimismo se han desarrollado diversos manuales de minimización dirigidos a pequeñas empresas y establecido programas de acopio de residuos peligrosos generados por microgeneradores, para su envío a reciclado, tratamiento o disposición final adecuados.

El enfoque de la política está basado en la consideración de que la generación de residuos de toda índole y la disposición final de aquellos que aún tienen valor económico, representan entre otras cosas una pérdida económica y una amenaza para el ambiente y la salud de la población.

 

 

A su vez, la prevención de la generación, así como el reuso, reciclado o regeneración de los residuos, suelen constituir un ahorro y una oportunidad, sobre todo si con ello se disminuyen las presiones sobre los recursos naturales y los riesgos para el ambiente y la salud, al mismo tiempo que se crean fuentes de ingreso y de empleos.

En este nuevo enfoque, se considera a las empresas de servicios de manejo de residuos peligrosos como parte de la solución y no como parte del problema. Es decir, estas empresas cierran el ciclo de las cadenas productivas que al producir bienes de consumo, a partir de la transformación de materiales peligrosos usados como insumos, generan residuos peligrosos, dado lo cual las empresas de servicios de manejo de éstos deben encontrarse tan cerca de los generadores como sea posible. Acercar las empresas de servicio de manejo de residuos peligrosos a las empresas generadoras, les ahorra a éstas gastos en el transporte y les brinda la oportunidad de aprovechar en otros aspectos los recursos que destinarían para enviar los residuos que generan a grandes distancias, por ejemplo, para realizar mejoras a sus procesos para hacerlos más limpios.

Con base en lo anterior, la política ambiental en materia de residuos peligrosos presenta hoy nuevos énfasis, planteándose como primera prioridad la prevención de la generación de los mismos, seguida del reciclaje, el tratamiento y como última opción, el confinamiento.

 

 

Estos énfasis de política son acordes con el enfoque general de prevención de la contaminación y tienden, en el mediano y largo plazo, a ser atractivos para las empresas generadoras. La reducción en la generación de residuos peligrosos, su reuso, reciclado y recuperación de energía significa una disminución de costos y menores impactos ambientales.

Al respecto, se han desarrollado mecanismos que permiten crecientemente que el reciclaje y tratamiento se de dentro de las instalaciones que generan los residuos, o tan cerca de ellas como sea económicamente factible en un marco de tecnologías y manejo seguros y ambientalmente adecuados.

 

 

2.3.2 Principales líneas de acción

 

Dentro de las líneas estratégicas y las acciones que se han desarrollado para promover la minimización y el manejo adecuado de los residuos peligrosos están: el fortalecimiento del marco jurídico y normativo que incluye una modificación del reglamento derivado de la LGEEPA en materia de residuos peligrosos; el desarrollo racional de infraestructura; la atención especial a zonas, ramas industriales y corrientes de residuos críticos; el desarrollo del sistemas de información y rastreo de residuos peligrosos, y el desarrollo de mecanismos de capacitación, comunicación y participación social.

Todo esto es acorde con los esfuerzos de modernización de la regulación normativa y directa hacia la industria, y también se vincula de manera muy clara con los esfuerzos de vigilancia eficiente y cumplimiento de la ley, con un fuerte componente de cooperación internacional, así como con el establecimiento de mecanismos para preparar la descentralización responsable de la gestión de los residuos peligrosos, entre otros, promoviendo el fortalecimiento de capacidades locales en la materia.

La estrategia tiene cuatro componentes fundamentales, el primero de ellos se refiere a la minimización de la generación de residuos peligrosos y del riesgo en el manejo de materiales y residuos peligrosos, a través de reemplazar como insumos de procesos y componentes de productos de consumo, a los materiales peligrosos, cuando se cuente con sustitutos no peligrosos, lo que se traduce en beneficios directos en materia de salud y seguridad laboral, a menudo en beneficios económicos y, fundamentalmente, en un menor impacto ambiental.

Muy asociado a lo anterior, pero de diferente índole, es la búsqueda de seguridad en actividades consideradas como altamente riesgosas, que refiere fundamentalmente a promover un manejo adecuado de aquellos materiales peligrosos que por restricciones tecnológicas o financieras son imposibles de sustituir y que benefician a las empresas tanto en términos de prevención de accidentes mayores que ocasionan pérdidas de vidas humanas y materiales, así como de una mejor relación con la comunidad.

Uno de los elementos de esta estrategia ha sido el desarrollo de disposiciones reglamentarias y normativas, listados, guías y manuales que orienten a las empresas hacia un manejo de materiales menos riesgoso.

 

 

Para agilizar y eficientar la evaluación y resolución sobre los estudios de riesgo y programas para la prevención de accidentes, se ha puesto énfasis en el desarrollo de mecanismos para promover la capacitación de dictaminadores preliminares de análisis de riesgo; se ha trabajado en el establecimiento de un sistema de aprobación y acreditación de peritos; se han fortalecido los programas de educación formal sobre evaluación de riesgos y de la capacitación de personal involucrado en actividades altamente riesgosas. Se ha buscado igualmente incentivar la verificación industrial ambiental de la instrumentación de las medidas de seguridad previstas en los estudios de riesgo y de los programas para la prevención de accidentes, a través de una mayor coordinación con las autoridades verificadoras.

Asimismo, el incremento de la seguridad se ha apoyado tanto en el Programa Nacional de Auditorias Ambientales de la PROFEPA como en programas voluntarios, tales como el de responsabilidad integral de la industria química y el programa de gestión ambiental integral. Otro aspecto que se orienta hacia el incremento de la seguridad, si bien no en un plano preventivo sino de evitar que de producirse un accidente éste tenga impactos muy altos, ha sido la promoción del control de uso del suelo en zonas de alto riesgo.

 

 

Con esta finalidad se han definido zonas intermedias de salvaguarda, a través de poligonales de riesgo, su comunicación con las autoridades locales, la promoción de la adquisición de terrenos para su creación y la sustentación de su declaratoria formal.

Asimismo, se ha considerado indispensable desarrollar un amplio esfuerzo de comunicación y participación social para lograr el respeto de los usos del suelo, tanto a través de la difusión pública de medidas como de campañas educativas. Se ha procurado también comunicar la necesidad de que se hagan las modificaciones pertinentes en las legislaciones urbana y ambiental de carácter local y que estos criterios sean incorporados en el Ordenamiento Ecológico del Territorio.

Un tercer componente de la estrategia ha sido el de fomentar y dirigir la creación de infraestructura ambiental para el manejo, tratamiento y confinamiento de los residuos peligrosos, buscando aprovechar sinergias regionales o corrientes complementarias de residuos, lo que facilita el reuso y reciclaje de los mismos y minimizará, en la medida que sea factible, la necesidad de confinamiento. El resultado de los esfuerzos de reducción en la fuente de residuos y de su sustitución es difícil de determinar, ya que sólo se manifiesta en el largo plazo a través de una menor demanda de materiales peligrosos.

Una de las primeras observaciones que surgen del análisis de la forma en la que se ha dado el crecimiento de la infraestructura de los residuos peligrosos es la lentitud con la que se iniciaron las inversiones privadas que dieron lugar a las primeras empresas de manejo de residuos peligrosos industriales, ya que sólo a partir de 1993 comienza el verdadero crecimiento y diversificación de la oferta tecnológica. En una primera instancia se autorizaron tres confinamientos de servicio público: uno en Sonora que inició como un servicio privado y se transformó en una empresa de servicio al público varios años después, y otro en San Luis Potosí, los cuales actualmente se encuentran cerrados como resultado de presiones públicas, a los que se suma un tercero ubicado en Mina, en el estado de Nuevo León, único en su género que se encuentra actualmente operando.

En materia de reciclaje existe en el país capacidad instalada para las siguientes corrientes de residuos: acumuladores, disolventes, escorias y otros residuos metálicos, tambores y envases, líquidos fotográficos y lubricantes. En este último caso, cabe resaltar la enorme capacidad que tienen muchos de los hornos de cemento para obtener energía a través del empleo como combustibles alternos de lubricantes usados y otros tipos de residuos. Este esfuerzo se ha apoyado en buena medida en un convenio voluntario entre la industria cementera y la autoridad ambiental, que a pesar de incrementar las exigencias ambientales, ha permitido este aprovechamiento sustentable de residuos que, mal manejados, son potencialmente peligrosos. En el país hoy operan 100 empresas recicladoras de residuos industriales peligrosos, con una capacidad instalada total de aproximadamente 1’376,422.5 toneladas al año, sin contar el reciclaje energético en el que se aprovechan los combustibles alternos formulados a partir de lubricantes usados, la cual si estuviera realmente siendo aprovechada estaría dando un manejo adecuado a cerca de una tercera parte de los residuos generados en el país.

En cuanto a la creación de confinamientos y para superar la oposición social hacia éstos, se han establecido mecanismos para ampliar los espacios de comunicación al público, se han creado redes intersectoriales de manejo ambiental de residuos en un gran número de entidades federativas, que pueden constituirse en los foros para presentar estos proyectos, y se han establecido una mayor coordinación con las autoridades estatales y municipales.

Las políticas encaminadas a lograr un mejor manejo de los residuos se ha traducido en que operan 320 empresas autorizadas para la recolección y transporte de residuos peligrosos y 331 empresas dedicadas al almacenamiento y manejo de los mismos5. A ellas debe sumarse la creación de empresas manejadoras y tratadoras de residuos biológico-infecciosos, de las cuales se han generado 53 equipos nuevos, con una capacidad de tratamiento total de 27,586 kilogramos por hora.

No obstante, si bien es relevante la forma en que ha ido creciendo la infraestructura de manejo de los residuos industriales peligrosos en México, ésta no satisface necesariamente los requerimientos de tecnologías alternativas para manejar las distintas corrientes de residuos, como no satisface la distribución geográfica que el país necesita, para acercar este tipo de servicios a los generadores El cuarto elemento central de la estrategia ha sido la creación de mecanismos de participación e información y de instrumentos de divulgación, en ellos destaca la creación de la Red Mexicana de Manejo Ambiental de Residuos (REMEXMAR), el desarrollo de un sistema de información sobre generación de residuos peligrosos, informe

 

 

 

el desarrollo de guías técnicas y manuales orientados a la prevención y minimización de las fuentes de los flujos de residuos.

Cabe señalar que la REMEXMAR ha logrado de 1998 a la fecha tener un despliegue territorial muy significativo con réplicas estatales en 20 estados de la República, que podrán extenderse a otros dos a finales del 2000. Debe enfatizarse que estas redes cubren territorialmente prácticamente a la totalidad de las zonas industriales importantes del país. Además, se están creando también en las Delegaciones del Distrito Federal (para mayor información consultar la página: remexmar.ine.gob.mx).

 

 

 

Periférico 5000, Col. Insurgentes Cuicuilco, C.P. 04530, Delegación Coyoacán, México D.F.
Última Actualización: 15/11/2007